Regl. 9248, art. 2110.03-3000.02(a)(4)-1
Reglas Adicionales para la Concesión, Venta y Traspaso de
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2110.03-3000.02(a)(4)-1
Créditos Contributivos.
(a) Disposiciones de Aplicación General. Los créditos contributivos otorgados bajo este
ArtÃculo del Reglamento, y la Sección 3000.02 del Código estarán sujetos a lo siguiente:
(A)
Los créditos contributivos podrán arrastrase hasta ser agotados. No obstante, se
autoriza al Secretario del DDEC a limitar el arrastre de tales créditos mediante
este Reglamento.