Regl. 9248, art. 2110.03(c)(1)-3

Autorización para la Inspección del Crucero.

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2110.03(c)(1)-3

(a) Todo Dueño de Crucero que reciba un beneficio contributivo conforme a la Sección 2110.03 del Código autoriza al Secretario del DDEC a inspeccionar el Crucero y sus instalaciones, siguiendo los parámetros establecidos en la industria y la reglamentación, determinación administrativa, carta circular, boletín informativo 0 cualquier otra Reglamento de Incentivos Pag. 268 de 393 comunicación oficial de carácter general que el Secretario del DDEC publique a esos efectos.
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