Regl. 3902, art. 6-6.12
Solicitud de suspension
Cite as Reglamento Núm. 3902, Art. 6-6.12
Cuando cualquiera de las partes tuviese motivos fundados para solicitar la suspensión de una vista administrative debidarente señalada,
deberá radicar un escrito solicitando la suspensión ante la autoridad
apelativa correspondiente. Excepto cuando medien circunstancias extraordinarias, esta solicitud deberá radicarse con por lo menos cinco
días de antelación a la fecha señalada para la vista. El escrito
solicitando la suspension deberá indicar la razón G razones por las
cuales se solicita la suspension e informar las fechas que dentro de
30
los treinta días siguientes tenga disponibles para señalamiento.
La parte que solicita la suspension de una vista no quedará relevada
de comparecer al señalamiento a menos que hubiese recibido notificación indicándole que se concedió la suspensión. La concesión de
cualquier suspension a un señalamiento será discrecional.