Regl. 9248, art. 5010.02
del Código. Será evaluado según los criterios establecidos en el
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 5010.02
Artículo 5010.02(a)-1 de este Reglamento.
(13)
Incentivos para las Industrias Creativas según la Sección 5010.03 del Código. Será
evaluado según el Artículo 5010.03(a)-1 de este Reglamento
(b) En el caso en se lleve a cabo una convocatoria 0 proceso análogo para la otorgación de un
Incentivo Económico, El Secretario del DDEC podrá asignar una mayor prioridad a los proyectos
que tengan un computo de ROI mayor.
(c) El DDEC podrá denegar una propuesta sometida bajo las disposiciones de la Sección 5010.01
del Código en los siguientes casos:
(1)
El solicitante no cumpla con los requisitos que se establecen en el Código, este
Reglamento, los parámetros establecidos en cada Programa, 0 la propuesta no este de
conformidad con los mejores intereses de Puerto Rico, según la política pública
aplicable, por ejemplo, si la propuesta no cumple con el modelo aplicable del ROI;
(2)
Los fondos no estén disponibles para la concesión del incentivo solicitado;
Reglamento de Incentivos
Pag. 326 de 393
(3)
El solicitante no presente la información que el DDEC 0 el Director determine necesaria
para evaluar la solicitud del incentivo;
(4)
La información suministrada por el solicitante en cualquier documento, este relacionada
o no con el incentivo solicitado, resulte falsa 0 fraudulenta; 0
(5)
Cualquier otra razón válida que justifique su denegación.