Regl. 9248, art. 5010.02

del Código. Será evaluado según los criterios establecidos en el

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 5010.02

Artículo 5010.02(a)-1 de este Reglamento. (13) Incentivos para las Industrias Creativas según la Sección 5010.03 del Código. Será evaluado según el Artículo 5010.03(a)-1 de este Reglamento (b) En el caso en se lleve a cabo una convocatoria 0 proceso análogo para la otorgación de un Incentivo Económico, El Secretario del DDEC podrá asignar una mayor prioridad a los proyectos que tengan un computo de ROI mayor. (c) El DDEC podrá denegar una propuesta sometida bajo las disposiciones de la Sección 5010.01 del Código en los siguientes casos: (1) El solicitante no cumpla con los requisitos que se establecen en el Código, este Reglamento, los parámetros establecidos en cada Programa, 0 la propuesta no este de conformidad con los mejores intereses de Puerto Rico, según la política pública aplicable, por ejemplo, si la propuesta no cumple con el modelo aplicable del ROI; (2) Los fondos no estén disponibles para la concesión del incentivo solicitado; Reglamento de Incentivos Pag. 326 de 393 (3) El solicitante no presente la información que el DDEC 0 el Director determine necesaria para evaluar la solicitud del incentivo; (4) La información suministrada por el solicitante en cualquier documento, este relacionada o no con el incentivo solicitado, resulte falsa 0 fraudulenta; 0 (5) Cualquier otra razón válida que justifique su denegación.
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