Regl. 9248, art. 6050.01(c)

del Código. Disponiéndose que las siguientes plataformas, programas y/o

Last amended: 2019Length: 212 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 6050.01(c)

proyectos y los compromisos de éstos, serán consolidados en 0 transferidos al FIE, una vez se haga vigente este Reglamento: (1) Incentivos para Energia Verde, anteriormente conocidos como incentivos otorgados por "Fondos de Energia Verde"; (2) Incentivos para Empleo, Equipo y Maquinaria, Infraestructura, Iniciativas, Asignaciones de incentivos pendientes de contratos y Contratos de Incentivos vigentes bajo el FEDE, así como contratos de Servicios Profesionales anteriormente regulados en el "Reglamento para la Administración del Fondo Especial para el Desarrollo Económico", MO-DNE-002.; (3) Incentivos otorgados para Empleo, Maquinaria y Equipo, Infraestructura, Artesanos, Mucbles y Textiles, Mercadeo y Transporte al Exterior anteriormente regulados bajo el Reglamento MO-DNE-008, "Reglamento para la Administración de Incentivos de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico". (4) Asignación para Programa de Rones la cual será transferida a la Compañía de Fomento Industrial para el manejo y operación del Programa. Dicha asignación será hasta un máximo de diez millones de dólares ($10,000,000) por año fiscal; (5) Asignaciones operacionales 0 de Auspicio a iniciativas, Entidades sin fines de lucro 0 Entidades creadas por Ley para la implementación de iniciativas que atienden fines particulares del sector público y privado. (6) Cualquier otro programa, iniciativa, entidad o plataforma que deba scr impulsado utilizando fondos del FIE según lo determine el Secretario del DDEC.
Regl. 9248, art. 6050.01(c): del Código. Disponiéndose que las siguientes plataformas, programas y/o | Justis AI