Regl. 9253, art. 28.6
El funcionario que presida la vista podrá conceder a las partes un
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Cite as Reglamento Núm. 9253, Art. 28.6
término de quince (15) dÃas después de concluir la misma para la presentación de
propuestas sobre determinaciones de hechos y conclusiones de derecho. Las partes
podrán voluntariamente renunciar a que se declaren las determinaciones de hechos.