Regl. 9253, art. 30.4
La Corporación deberá especificar en la certificación de sus órdenes
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Cite as Reglamento Núm. 9253, Art. 30.4
0 resoluciones los nombres y direcciones de las personas naturales 0 jurÃdicas a
quienes, en calidad de partes, les fue notificado el dictamen, a los fines de que estas
puedan ejercer efectivamente el derecho a la revisión judicial conferido por ley.