Regl. 3904, art. 2

Autoridad Legal

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Cite as Reglamento Núm. 3904, Art. 2

Se promulga este Reglamento en virtud de las disposiciones de los Artículos 3e (5) y 3f, 5b y 5c (5) de la Ley de la Universidad de Puerto Rico y de la Ley Núm. 3, aprobadas el 20 de enero de 1966, las cuales señalan deberes y atribuciones indelegables del Consejo, del Presidente de la Universidad y las facultades corporativas de la Universidad.
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