Regl. 9254, art. VIII-8.8
Cambios de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
Length: 174 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9254, Art. VIII-8.8
Se podrá disponer cambios en los deberes, responsabilidades O autoridad de los
puestos, con arreglo a las siguientes normas:
(a) Todo cambio responderá a la necesidad de servicio o conveniencia de los
23
programas gubernamentales, ningún cambio tendrá motivación discriminatoria,
arbitraria ni propósitos disciplinarios.
(b) Cuando los cambios sean afines con la clasificación del puesto, los mismos no
conllevarán la reclasificación del puesto afectado.
(c) El empleado tendrá derecho a apelar por escrito ante la Junta de Directores dentro
del término de treinta (30) dÃas a partir de la fecha de notificación de la acción
tomada, en los siguientes casos:
(1) Empleados que no estén de acuerdo con la clasificación de su puesto.
(2) Empleados que no estén de acuerdo con la reclasificación de su puesto, que
surjan por motivos de una modificación a los Planes de Clasificación y
Evaluación de Puestos; u otras razones, según las disposiciones de la sección
8.6 de este reglamento.
(3) En los casos de cambios de deberes, autoridad O responsabilidad que no sean
afines con los del puesto.