Regl. 3906, art. I
Distribución del Fondo Educacional
Length: 66 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3906, Art. I
A. El cincuenta por ciento (50%) del total de recursos se ingresará
en el Fondo General de la Universidad de Puerto Pico.
B. Los recursos restantes se destinarán a conceder ayuda económica
a estudiantes necesitados que se matriculen en instituciones de
educación superior privadas que estén debidamente autorizadas O
acreditadas en Puerto Rico. Esta ayuda económica se concederá
con arreglo a las disposiciones de este Reglamento.