Regl. 3906, art. II

Fondos destinados a la Universidad de Puerto Rico

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Cite as Reglamento Núm. 3906, Art. II

Los recursos del Fondo Educacional que se transfieran al Fondo General de la Universidad de Puerto Rico se utilizarán para cubrir gastos necesarios relacionados con la expansión y el mejoramiento institucional. Podrán aplicarse a gastos de funcionamiento o invertirse en mejoras permanentes, siguiendo los procesos y trámites presupuestarios usuales. -2- DE PUERTO 1983-84 AINA RICO Certificación número 81 1908
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