Regl. 9254, art. XVI-16.2
PolÃtica Pública de la Corporación en cuanto al Uso de Sustancias
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Cite as Reglamento Núm. 9254, Art. XVI-16.2
Controladas y de Bebidas Alcohólicos
(a) La Corporación solicitará a todo candidato a empleo seleccionado, someterse a
una prueba de detección de sustancias controladas.
(b) La Corporación considerará que el uso y abuso de bebidas alcohólicas y de
sustancias controladas es incompatible con la conducta propia de un ambiente de
trabajo adecuado y seguro para todos los empleados y que constituye un acto que
conlleva la imposición de sanciones disciplinarias. El uso y abuso de bebida
alcohólicas y de sustancias controladas tiene efectos negativos en la salud fÃsica y
emocional de las personas y disminuye la productividad y el aprendizaje.
(c) A tales efectos, la Corporación ha dispuesto lo siguiente:
Se prohÃbe la manufactura, posesión, consumo, venta y distribución de sustancias
controladas y bebidas alcohólicas en los predios de la Corporación; disponiéndose
que solamente podrán poseer y consumir sustancias controladas aquellos
empleados que por prescripción médica se les haya indicado como tratamiento y
que el médico le autorice a trabajar durante el mismo.
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(d) Aquellos empleados que violen lo aquà establecido, serán objeto de sanciones
disciplinarias.