Regl. 9257, art. 14
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE LICENCIA
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Cite as Reglamento Núm. 9257, Art. 14
La solicitud de licencia se presentará ante la Junta utilizando el
formulario que la Junta posee para este propósito. La referida solicitud deberá
ser acompañada de los siguientes documentos:
a. Comprobante de pago de rentas internas por la cantidad de
$250.00. Los Programas públicos estarán exentos del pago de estos
derechos.
b. El plano O la descripción de las facilidades fisicas en la cual estará
establecido el Programa y una descripción del equipo que se
utilizará, acompañado por una declaración sobre su adecuacidad
para servir el propósito para el que será destinado.
c. Prueba fehaciente de que el local donde radique el Programa cumple
con los requisitos establecidos por la División de Saneamiento del
Departamento de Salud, el Cuerpo de Bomberos, la Administración
de Reglamentos y Permisos (o por el Municipio Autónomo de
haberse delegado esas funciones), O por cualquiera otra agencia
debidamente autorizada en derecho.
d. Copia del currÃculo que se pretende utilizar, incluyendo el modelo y
el marco teórico en que estará fundamentado el Programa, las
definiciones y explicaciones sobre las actividades que habrán de
desarrollarse, el tipo y naturaleza de la intervención a usarse, área
geográfica O población servida, nombre y cualificaciones de las
personas que estarán a cargo del Programa.
e. Copia del Manual de Normas y Procedimientos de Evaluación que
proyecta usar para regir el proceso de ingreso y de prestación y
terminación de servicios de los participantes al Programa y para
regir cualquier otro procedimiento establecido 0 a establecerse en el
Programa.
f. Documento exponiendo su misión, visión y los modelos O marcos
teóricos en los que estará fundamentado el tratamiento.
g. Demostrar solvencia económica a satisfacción de la Junta.
h. Información presupuestaria actual y proyectada que, a juicio de la
Junta, sea razonable y conveniente para la operación del Programa.
i. Seguro de responsabilidad para cubrir reclamaciones de
compensación por daños y perjuicios.
j.
Nombre y dirección del cuerpo directivo, asesores y director del
Programa.00
k. El cuerpo directivo del programa deberá someter: certificado de
antecedentes penales, certificación de Ley 300-1999 y certificación
de no deuda del Departamento de Hacienda y/o plan de pago.
1.
Certificación de propuestas que le han sido aprobadas O se le
aprobasen mediante las cuales reciben fondos para su
funcionamiento.
m. Cualquier otro documento que la Junta estime necesario.