Regl. 9257, art. 2

PROPÓSITOS GENERALES

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Cite as Reglamento Núm. 9257, Art. 2

Este Reglamento se adopta con el propósito de cumplir con las obligaciones legales impuestas sobre la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras creada en virtud de las disposiciones de la Ley 449-2000. Esta entidad gubernamental aspira continuar el camino hacia la erradicación de la violencia doméstica teniendo como uno de sus primarios elementos proveer una atención al proceso de intervención y de rehabilitación de la persona agresora mediante el proceso de educación, reeducación, así como servicios debidamente certificados. Con la adopción de estas disposiciones reglamentarias se busca velar por los mejores intereses de las personas adscritas a estos Programas realizando procesos de certificación y fiscalización brindando seguimiento para lograr la efectividad de los mismos. 1
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