Regl. 9257, art. 2
PROPÓSITOS GENERALES
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Cite as Reglamento Núm. 9257, Art. 2
Este Reglamento se adopta con el propósito de cumplir con las
obligaciones legales impuestas sobre la Junta Reguladora de los Programas de
Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras creada en virtud de
las disposiciones de la Ley 449-2000.
Esta entidad gubernamental aspira continuar el camino hacia la
erradicación de la violencia doméstica teniendo como uno de sus primarios
elementos proveer una atención al proceso de intervención y de rehabilitación
de la persona agresora mediante el proceso de educación, reeducación, así
como servicios debidamente certificados. Con la adopción de estas
disposiciones reglamentarias se busca velar por los mejores intereses de las
personas adscritas a estos Programas realizando procesos de certificación y
fiscalización brindando seguimiento para lograr la efectividad de los mismos.
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