Regl. 9259, art. 3.1-3.2
Facultades del Director Ejecutivo para Compras y Contratación
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Cite as Reglamento Núm. 9259, Art. 3.1-3.2
a) Contratos y Compras
El Director Ejecutivo está autorizado a realizar compra de bienes y servicios hasta
quinientos mil dólares ($500,000.00) y la contratación de servicios profesionales hasta
doscientos cincuenta mil dólares ($250,000.00). Cualquier compra y contratación de
servicios en exceso de estas cuantÃas, deberán ser aprobadas por la Junta de Directores.
La compra 0 contratación se hará, además, en cumplimiento con lo establecido por
la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), según Carta Circular Núm. 144-17 sobre las
Disposiciones Para la Implementación Inmediata de la Ley 3-2017, conocida Como "Ley
Para Atender la Crisis Económica, Fiscal y Presupuestaria Para Garantizar el
Funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico" Para fines de esta disposición, el término
compra incluye el monto total de necesidades agrupadas, ya sean bienes 0 servicios no
profesionales, que deben adquirirse en una misma transacción O momento por tener el
mismo propósito, suplidores comunes 0 que asà convenga al interés público, según
dispuesto en la Carta Circular Núm. 144-17, supra.
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