Regl. 9259, art. 3.1-3.2

Facultades del Director Ejecutivo para Compras y Contratación

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Cite as Reglamento Núm. 9259, Art. 3.1-3.2

a) Contratos y Compras El Director Ejecutivo está autorizado a realizar compra de bienes y servicios hasta quinientos mil dólares ($500,000.00) y la contratación de servicios profesionales hasta doscientos cincuenta mil dólares ($250,000.00). Cualquier compra y contratación de servicios en exceso de estas cuantías, deberán ser aprobadas por la Junta de Directores. La compra 0 contratación se hará, además, en cumplimiento con lo establecido por la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), según Carta Circular Núm. 144-17 sobre las Disposiciones Para la Implementación Inmediata de la Ley 3-2017, conocida Como "Ley Para Atender la Crisis Económica, Fiscal y Presupuestaria Para Garantizar el Funcionamiento del Gobierno de Puerto Rico" Para fines de esta disposición, el término compra incluye el monto total de necesidades agrupadas, ya sean bienes 0 servicios no profesionales, que deben adquirirse en una misma transacción O momento por tener el mismo propósito, suplidores comunes 0 que así convenga al interés público, según dispuesto en la Carta Circular Núm. 144-17, supra. Página 12
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