Regl. 9259, art. 4.5(a)

Archivo de las Minutas y Resoluciones de la Junta de Gobierno

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Cite as Reglamento Núm. 9259, Art. 4.5(a)

El original de toda minuta de reuniones de la Junta de Gobierno y las resoluciones emitidas de los acuerdos adoptados se archivará en la Oficina Principal de la Autoridad. Se podrán expedir copias de las minutas y de las resoluciones emitidas a aquellas personas que así lo deseen, previo a solicitud por escrito al Director Ejecutivo. El costo de documento de dicha copia será el total invertido por la Autoridad para su reproducción. La petición puede hacerse mediante solicitud escrita 0 por vía electrónica y en cumplimiento con el Capítulo 6 de este Reglamento.
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