Regl. 9259, art. 5.0-6.0
Aplicabilidad
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Cite as Reglamento Núm. 9259, Art. 5.0-6.0
Las normas y procedimientos que se detallan a continuación serán aplicables a toda
solicitud de información pública bajo la custodia y control de la Autoridad que haya sido
presentada por cualquier persona O ciudadano privado, asà como por miembros de la prensa. No
obstante, no será de aplicación a aquella información que normalmente está disponible al público
general, como lo son los comunicados de prensa y memorandos de la Autoridad publicados. De
igual forma, tampoco será información pública los expedientes de personal o información de esta
Ãndole, como tampoco información confidencial.