Regl. 9259, art. 6.2(a)-2.5
Comités Ejecutivos
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Cite as Reglamento Núm. 9259, Art. 6.2(a)-2.5
La Junta designará dos (2) Comités Ejecutivos, ambos constituidos por tres (3) miembros,
los cuales serán elegidos por los miembros de la Junta de entre sus integrantes. Los comités se
dividirán de la siguiente forma: (1) Comité para atender los asuntos relacionados al Distrito; y (2)
Comité para tratar los asuntos relacionados al Coliseo José Miguel Agrelot. No obstante, la Junta
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podrá nombrar más de tres (3) miembros para los comités y/o establecer que ambos comités
estarán integrados por todos sus miembros. En tales casos, la Junta podrá atender como pleno
todos los asuntos de ambas facilidades y de cualquier otra adscrita a la ADCC.
Los Comités Ejecutivos recomendarán a la Junta la polÃtica pública de las instalaciones
que representan. No obstante, es la Junta en pleno la que votará para aprobar la polÃtica pública
recomendada por los Comités para el Distrito y el Coliseo.