Regl. 3907, art. I
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Cite as Reglamento Núm. 3907, Art. I
Se promulga este Reglamento en virtud de las disposiciones del
Articulo 3, incisos D, E-5, E-12 y F y del Articulo 5, incisos B
y C-5, de la Ley de la Universidad de Puerto Rico, aprobada el 20 de
enero de 1966. Estas disposiciones señalan deberes y atribuciones
indelegables y facultades del Consejo de Educación Superior y del
Presidente de la Universidad, asà como facultades corporativas de
la Universidad.