Regl. 9259, art. 6.2(a)-6.2(f)
Cobro de Cargos y Costos de Reproducción
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Cite as Reglamento Núm. 9259, Art. 6.2(a)-6.2(f)
La Autoridad reconoce el derecho de acceso O de inspección de un documento
público permanente y gratuito. No obstante, la expedición de copias simples O
certificadas, grabaciones y reproducciones estará sujeta al pago de derechos y cargos
razonables, conforme a la Orden Administrativa Número 2020-02. La Autoridad reconoce
como cargos razonables el pago de los costos directos de reproducción, asà como el costo
de envÃo por correo regular. No obstante, se exime del costo de cargos razonables a aquella
persona que demuestre indigencia.