Regl. 9262, art. 8.18-2.02
Procedimiento para la Obtención de la Licencia de Detective Privado
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Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-2.02
1. El aspirante presentará la PPR-136.1, titulada: "Solicitud de Licencia de Detective Privado o
Guardia de Seguridad" cumplimentada en su totalidad y juramentada ante notario público
acompañada de los siguientes documentos:
a. Dos fotografÃas de busto de dos (2) pulgadas por dos (2) pulgadas de tamaño, a color y
donde sus facciones sean claramente reconocibles y suficientemente reciente como para
mostrar al peticionario en su apariencia real al momento de la solicitud, el fondo de la foto
será color blanco;
b. Suministrar sus huellas digitales tomadas de manera digital por un técnico del NPPR;
c. Comprobante de Rentas Internas por la cantidad de cincuenta dólares ($50.00) (código
5120);
d. Entregar copia del certificado de nacimiento;
e. Suministrar certificado de antecedentes penales con no más de treinta (30) dÃas de
expedido;
f. Proveer el diploma de graduación como detective privado;
g. Entregar la transcripción de notas o créditos de la Escuela de Detectives Privados donde
estudió;
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h. Una certificación negativa de ASUME o plan de pago;
i. Evidencia de haber prestado fianza o póliza de seguro según establecido en el artÃculo 7 de
la Ley 108 del 1965, supra.
j. Aprobar investigación de campo realizada por la Oficina de Seguridad y Protección o
unidad de trabajo que determine el Comisionado.
k. En el caso de solicitudes al amparo del artÃculo 27 de la Ley 108 del 1965, supra, deberán
presentar:
1) Certificación de años de servicio, aceptación de renuncia del Comisionado y PPR-210,
titulada: "Certificación Sobre Relevo de Obligaciones con Agencia", en caso de
PolicÃas de Puerto Rico retirados bajo la Ley 70-2010, conocida como Ley del
Programa de Incentivos, Retiro y Readiestramiento, Ley 7-2009, según enmendada,
conocida como Ley Especial Declarando Estado de Emergencia Fiscal y
Estableciendo Plan Integral de Estabilización Fiscal para Salvar el Crédito de Puerto
Rico y la Orden Administrativa 2018-5 emitida por la Autoridad de AsesorÃa
Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico. (si aplica)
2) Formulario PPR-210, titulada: "Certificación Sobre Relevo de Obligaciones con
Agencia" y aceptación de Renuncia en casos de agentes del NPPR que hayan
renunciado por años de servicio. (si aplica)
3) Aceptación de renuncia y carta especificando los años de servicio que prestó en el caso
de ex agentes del FBI o policÃa de cualquier Estado de los Estados Unidos.