Regl. 9262, art. 8.18-2.04

Entrega de Solicitud Licencia de Detective Privado

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Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-2.04

La solicitud y los documentos serán presentados en la División de Expedición de Licencias de Seguridad del Cuartel General. El empleado de la División de Expedición de Licencias de Seguridad entregará el formulario PPR-136.2, titulado: "Recibo de Documentos", una vez se asegure que la persona entregó todos los documentos conforme dispone la Ley 108 del 1965, supra, y este Reglamento. El recibo contendrá el sello oficial del Negociado de la Policía de Puerto Rico, así como la fecha y hora que fue recibida la solicitud. Además, el empleado de la División de Expedición de Licencia de Seguridad o la Oficina de Seguridad y Protección escaneará los documentos a través de la aplicación de Detectives Privados y Guardias de Seguridad y devolverá los documentos originales al solicitante mediante el formulario PPR-136.2. Cuando sea viable, el solicitante podrá solicitar a través del siguiente enlace: www.policia.pr.gov. Página 8 de 54
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