Regl. 9262, art. 8.18-2.09

Requisitos Expedir Licencia Provisional Detectives Privados No Residentes en

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Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-2.09

Puerto Rico El Detective no residente cumplirá con el siguiente procedimiento: 1. Cumplimentará el formulario PPR-136.10, titulado: "Solicitud Permiso Provisional Detective Privado" 2. Presentará la identificación o certificación vigente que lo acredite como detective privado en el estado, territorio o posesión de los Estados Unidos. 3. Entregará dos (2) fotografías de busto de dos (2) pulgadas por dos (2) pulgadas de tamaño, a color y donde sus facciones sean claramente reconocibles y suficientemente reciente como para mostrar al peticionario en su apariencia real al momento de la solicitud. 4. Presentará la licencia de conducir o pasaporte vigente.
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