Regl. 9262, art. 8.18-2.09
Requisitos Expedir Licencia Provisional Detectives Privados No Residentes en
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Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-2.09
Puerto Rico
El Detective no residente cumplirá con el siguiente procedimiento:
1. Cumplimentará el formulario PPR-136.10, titulado: "Solicitud Permiso Provisional Detective
Privado"
2. Presentará la identificación o certificación vigente que lo acredite como detective privado en
el estado, territorio o posesión de los Estados Unidos.
3. Entregará dos (2) fotografÃas de busto de dos (2) pulgadas por dos (2) pulgadas de tamaño, a
color y donde sus facciones sean claramente reconocibles y suficientemente reciente como
para mostrar al peticionario en su apariencia real al momento de la solicitud.
4. Presentará la licencia de conducir o pasaporte vigente.