Regl. 9262, art. 8.18-3.03
Procedimiento para Solicitar la Licencia de Guardia de Seguridad
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Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-3.03
Toda persona que solicite licencia de guardia de seguridad deberá cumplir con el siguiente
procedimiento:
1. Presentar el formulario PPR-136.1, titulado: "Solicitud de Licencia de Detective Privado y/o
Guardia de Seguridad", debidamente cumplimentada y juramentada ante notario público,
Dicha solicitud vendrá acompañada de los siguientes documentos:
a. Dos (2) fotografías de busto de dos (2) pulgadas por dos (2) pulgadas de tamaño, a color y
donde sus facciones sean claramente reconocibles y suficientemente reciente como para
mostrar al peticionario en su apariencia real al momento de la solicitud.
b. Proveer una carta de la Agencia de Seguridad con el número de cubierta de
Responsabilidad Pública y certificación que el empleado recibió el adiestramiento de
cuatro (4) semanas en la Academia del NPPR y la Agencia.
c. Comprobante de Rentas Internas por la cantidad de veinte (20.00) dólares.
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d. Proveer Certificado de Antecedentes Penales negativo con no más de treinta (30) días de
expedido.
e. Suministrar sus Huellas Digitales, las cuales deberán ser tomadas de manera digital por un
técnico del NPPR.
f. Sí es un empleado público deberá someter una carta de autorización de la Autoridad
Nominadora de su Agencia explicando las razones por las cuales ejercer como guardia de
seguridad no afecta la función pública.
g. Someter una certificación negativa de la Administración para el Sustento de Menores
(ASUME), Departamento de Hacienda o Centro de Recaudaciones sobre Ingreso o
evidencia de haberse acogido a un plan de pago.