Regl. 9262, art. 8.18-3.04
Entrega de la Solicitud de Licencia
Length: 200 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-3.04
1. El solicitante presentará la solicitud con los documentos en cualquiera de las divisiones de
Seguridad y Protección ubicadas en las comandancias de áreas o en la División de Expedición
de Licencia de Seguridad ubicada en el primer piso del Cuartel General. Cuando sea viable
podrá presentar la solicitud a través del siguiente enlace: www.policia.pr.gov.
2. El empleado de Seguridad y Protección o División de Expedición de Licencia de Seguridad
entregará el formulario PPR-136.2, titulado: "Recibo de Documentos", una vez se asegure que
la persona entrego todos los documentos conforme dispone la Ley 108 del 1965, supra, y este
Reglamento. El recibo contendrá el sello oficial del NPPR, asà como la fecha y hora que fue
recibida la solicitud. La copia del recibo PPR-136.2 no autoriza a ningún solicitante a ejercer
como Guardia de Seguridad.
3. La copia del recibo PPR-136.2 no autoriza a ningún solicitante a ejercer como Guardia de
Seguridad.
Página 24 de 54
4. Cuando sea viable, el empleado de Seguridad y Protección o División de Expedición de
Licencia de Seguridad escaneará los documentos, ingresará la información en la aplicación de
detectives privados y guardia de seguridad y devolverá los documentos originales al solicitante
mediante el PPR-136.2.