Regl. 9262, art. 8.18-4.07

Renuncia 0 Sustitución del Principal Funcionario Ejecutivo

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Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-4.07

1. Cuando el principal funcionario ejecutivo de una agencia de detectives privados o agencia de guardias de seguridad renuncie o sea sustituido, la licencia quedará automáticamente cancelada. No obstante, dicha licencia podrá ser renovada tan pronto el nuevo principal funcionario ejecutivo cumpla con los siguientes requisitos: a. posea licencia de detective privado vigente expedida por el Comisionado del NPPR; b. cumplimentar el formulario PPR-136.6, titulado: "Solicitud de Licencia de Agencia de Detective Privado y/o Guardia de Seguridad" y juramentar ante notario público; c. cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 4.02 de este Reglamento. d. Solicitar la renovación en la División de Expedición de Licencia de Seguridad. e. Cuando sea viable podrá solicitar la renovación por renuncia o sustitución del principal funcionario ejecutivo a través del siguiente enlace: www.policia.pr.gov 1 Véase Anejo I de este Reglamento Página 30 de 54 Capítulo 5 Licencia para Operar Escuelas de Detectives Privados
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