Regl. 9262, art. 8.18-8.10
Certificaciones
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Cite as Reglamento Núm. 9262, Art. 8.18-8.10
1. Toda persona que solicite una certificación relacionada a la existencia de una agencia cumplirá
con el siguiente procedimiento:
a. Carta explicando el propósito
b. Sellos de rentas internas por la cantidad de $1.50
2. Toda persona que solicite el listado de Agencia de Detective Privado y/o Guardia de Seguridad
activa deber cumplir con el siguiente procedimiento:
a. Carta explicando el propósito de la solicitud
b. Sellos de rentas internas por la cantidad de un dólar con cincuenta centavos ($1.50) por la
primera página y veinticinco centavos (25¢) por cada página adicional.