Regl. 9264, art. VIII

POLÍTICA DE REPUDIO Y RECHAZO A LA VIOLENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 9264, Art. VIII

DOMÉSTICA A. La violencia doméstica es una manifestación de discrimen por razón de género. La misma, además de constituir un delito, lacera la dignidad e integridad del ser humano. Como tal, la UPR reafirma su política de repudio y el más enérgico rechazo repudio a todo acto constitutivo de violencia doméstica en el lugar de trabajo. B. La Universidad de Puerto Rico: 1) Reafirma el compromiso de apoyar y ayudar al personal que esté siendo víctima de violencia doméstica, en la búsqueda de los recursos y remedios que necesite. 2) Reafirma que no tomará ninguna acción desfavorable hacia un empleado que esté enfrentando una situación de violencia doméstica. 3) Exhortará a los empleados para que reporten cualquier situación o incidente a la brevedad posible. Protocolo Institucional de la Universidad de PR para la Prevención y Manejo Adecuado de Situaciones de Violencia Doméstica en el Lugar de Trabajo Certificación Núm. 66 (2020-2021) Página 12
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