Regl. 9264, art. XXVIII
ENMIENDA O DEROGACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 9264, Art. XXVIII
1) Este Protocolo podrá ser enmendado o derogado por la Junta de Gobierno, motu
proprio, o a petición del presidente de la Universidad de Puerto Rico.
2) Este Protocolo Institucional de la Universidad de Puerto Rico para la Prevención y
Manejo Adecuado de Situaciones de Violencia de Doméstica en el Lugar de Trabajo deja sin efecto
los protocolos que actualmente tienen los recintos o unidades institucionales y toda carta circular
que esté en conflicto con estas disposiciones.