Regl. 9265, art. XXIV dup2

VIGENCIA

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Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado. Aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad de Puerto Rico en su reunión ordinaria de 25 de febrero de 2021, según surge de la Certificación Núm. 65 (2020-2021), la cual se acompaña. Mayra Olavarría Cruz Secretaria Reglamento de Gastos de Viaje de la Universidad de Puerto Rico Certificación Núm. 65 (2020-2021) Página 21 ANEJO 1 TABLA DE CANTIDADES A PAGAR POR CONCEPTOS Concepto Cantidad Dieta Desayuno PR $8.00 Dieta Almuerzo en PR $10.00 Dieta Cena en PR $12.00 Tablas GSA Federal: Dietas Fuera de Puerto Rico https://www.gsa.gov/travel/planbook/per-diem-rates Utilización Auto Privado (por milla) $0.75 Transportación de Material (100 lb por milla) $0.02 (máximo de $0.06) Pasajero Adicional Autorizado (por milla) $0.03 Nota: Estas cantidades serán revisadas por la Oficina del Presidente de manera regular para ajustarlas a las realidades económicas.
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