Regl. 9266, art. IV
PROPÓSITO Y APLICACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 9266, Art. IV
A. Este Reglamento tiene el propósito de:
1. Establecer las normas y el procedimiento para la concesión de reconocimientos y la
denominación de salas, estructuras, edificio, espacios, programas y monumentos
universitarios.
2. Llevar a cabo la evaluación de las propuestas de denominación de salas, estructuras,
edificios, espacios, programas y monumentos para el reconocimiento a personas o
entidades que se hayan distinguido de manera excepcional o hayan contribuÃdo
significativamente a la Universidad. También se podrán denominar estructuras
universitarias en conmemoración de un hecho histórico o cultural.
B. Este Reglamento aplicará a todos los recintos, unidades institucionales y dependencias del
Sistema Universitario, incluyendo a la Administración Central y la Junta de Gobierno.
Reglamento para la Denominación de las Salas, Estructuras, Edificios,
Espacios, Programas y Monumentos en la Universidad de Puerto Rico
Certificación Núm. 67 (2020-2021)
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