Regl. 9268, art. 4
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Cite as Reglamento Núm. 9268, Art. 4
Este Reglamento se adopta de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7.003 (p) de la
Ley Núm. 107- 2020, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", el cual dispone que
el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales tiene la facultad para "[a]doptar,
enmendar y derogar reglamentos para regir sus asuntos y establecer reglas, reglamentos y
normas relacionadas con el cumplimiento de sus funciones y deberes y para la ejecución de
las leyes cuya administración se le delegue" y de conformidad con la Ley Núm. 38 -2017,
según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del
Gobierno de Puerto Rico".