Regl. 9270, art. 4-10.1
Directores de las EPM
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Cite as Reglamento Núm. 9270, Art. 4-10.1
a. Los directores de las EPM serán seleccionados a través del proceso de reclutamiento
especial. La SAEM participará junto al Comité de Personal de la EPM en la
convocatoria, entrevista y selección del director de la EPM.
b. Los criterios de selección se desprenderán del perfil del director de EPM establecidos
en el Manual de Procedimientos de EPM.
c. Cada escuela contará con un Comité de Personal para el reclutamiento de su director.
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Este Comité estará constituido por un (1) padre, un (1) maestro, presidente del Consejo
Escolar o su representante, un (1) representante de la SAEM, un (1) representante de la
Oficina Regional Educativa que corresponda y de ser necesario, el secretario de
Educación o su representante.