Regl. 9270, art. 4-13.2

Currículo

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Cite as Reglamento Núm. 9270, Art. 4-13.2

El currículo de las EPM se desarrollará e implementará de la siguiente manera: a. La SAEM desarrollará e implementará el Currículo Montessori en todas las escuelas que participen de su Secretaría. b. La SAEM establecerá la filosofía, metodología y currículo de conformidad con los principios Montessori e integrará las artes, música, teatro, agricultura, educación física, tecnología, y otras piezas claves del currículo Montessori. c. La SAEM orientará a las escuelas públicas Montessori en la preparación de ambientes y compra de materiales y equipo. d. La SAEM acompañará a la escuela en el desarrollo óptimo de su proyecto académico y social Montessori. Atb 17 e. El currículo de las EPM cumplirá con los estándares y expectativas establecidos por el Departamento y el Documento de Alineación Curricular Montessori del 2015. f. Las actividades diseñadas bajo la metodología Montessori promoverán el descubrimiento y desarrollo de la vocación de los niños y jóvenes como herramienta principal para la prevención de la deserción escolar, así como cultivarán buenos hábitos de trabajo. g. Todos los niveles del currículo Montessori fomentarán el desarrollo pleno del estudiante como ser humano capaz de aprender y trabajar, consciente de los demás y del bien común. Este currículo cultivará el deseo natural del niño por aprender y le permitirá experimentar la alegría de hacerlo por sí mismo. h. Todas las actividades o servicios relacionados que reciba la EPM (por ejemplo, terapias, horario extendido, tutorías, deportes y otros) deberán estar enfocados y alineados a la filosofía, metodología y currículo Montessori. i. Se hará énfasis en el espíritu de solidaridad y se fomentará el desarrollo de la personalidad total del estudiante y su autodisciplina. j. Se modelará la vida en comunidad y se practicarán las destrezas sociales fundamentales de respeto y empatía, para así promover la paz y el diálogo para la solución de problemas.
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