Regl. 9270, art. 4-6.1
AutonomÃa
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Cite as Reglamento Núm. 9270, Art. 4-6.1
La SAEM está adscrita al nivel central del Departamento y sus funciones principales se
esbozan en este Reglamento. A tenor con la Ley Núm. 277-2018, la SAEM tendrá la autonomÃa
necesaria para llevar a cabo las transformaciones que requieren las EPM en términos de
currÃculo, planificación, organización escolar, formación de los maestros y personal, educación
a padres, y participación de la comunidad en su proyecto académico y social. No obstante, esta
autonomÃa estará sujetas a las leyes y reglamentos aplicables a cada materia.
Las EPM operarán bajo la SAEM y desde esta se establecerán las colaboraciones necesarias
para que las escuelas reciban todo el apoyo y servicios para su operación óptima. Esto incluye
los servicios de mantenimiento, limpieza, transportación, comedor escolar, entre otros.