Regl. 9270, art. 4-7.3
Operación y Funcionamiento de las EPM
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Cite as Reglamento Núm. 9270, Art. 4-7.3
La SAEM desarrollará y aprobará el Manual de Normas y Procedimientos de EPM (en
adelante, Manual 0 Manual de Procedimientos de EPM), el cual regirá las operaciones y
funciones de estas. El Manual se revisará cada tres (3) años y será cónsono con la polÃtica
pública del DEPR. La Mesa Asesora participará en el proceso de revisión.