Regl. 9270, art. 4-8.2
Desarrollo Profesional y Apoyo al Magisterio
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Cite as Reglamento Núm. 9270, Art. 4-8.2
a. La SAEM estará a cargo de proveer apoyo al personal de las EPM y del programa
de desarrollo profesional de estas.
b. La SAEM creará un plan de desarrollo profesional y de apoyo para el magisterio
que será revisado cada tres (3) años.
c. La SAEM se asegurará de que el plan de desarrollo profesional para los maestros o
guÃas Montessori certificados cumpla con los requisitos de educación continua de
las agencias acreditadoras AMS, AMI y MACTE, según corresponda.
d. La SAEM establecerá un calendario de reuniones mensuales para los directores de
escuelas. No obstante, se protegerá el tiempo presencial del director en su escuela.
e. La SAEM mantendrá un acuerdo colaborativo con el INE con el propósito de guiar
a las EPM en el desarrollo e implementación del currÃculo Montessori y cumplir
con sus estándares, los cuales estarán alineados a los estándares del Departamento.
Esto se logrará a través de:
Visitas a las escuelas
Reuniones con los Comité de Familias
Desarrollo profesional
Formación Montessori acreditada por AMS, AMI y MACTE.