Regl. 9275, art. 18
Vigencia.
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Cite as Reglamento Núm. 9275, Art. 18
Luego de su aprobación por la Junta de Directores, este Reglamento entrará en vigor
inmediatamente luego de su radicación en el Departamento de Estado, de conformidad con las
disposiciones de la Ley Núm. 38 de 2017, según enmendada, conocida como "Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno Puerto Rico".
APROBADO:
José J. Reyes Peredo
Presidente
Junta de Directores
Fideicomiso Institucional de la Guardia
Nacional de Puerto Rico
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Yo, Andrés Ruíz, Secretario de la Junta de Directores del Fideicomiso Institucional de la Guardia
Nacional de Puerto Rico (FIGNA), CERTIFICO que este Reglamento para el Fondo de Anualidades,
Seguro de Vida y Seguro de Funeral fue debidamente aprobado por la Junta de Directores de FIGNA
en la reunión celebrada el 12 de febrero de 2020 Según dispone el mismo, este entrará en vigor
inmediatamente luego de su radicación en el Departamento de Estado, de conformidad con las
disposiciones de la Ley Núm. 38 de 2017, según enmendada, conocida como "Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno Puerto Rico".
eRL
Andrés Ruíz
Secretario
Junta de Directores
Fideicomiso Institucional de la
Guardia Nacional de Puerto Rico
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