Regl. 9281, art. 3.4.3 dup2
- Evaluación preliminar de la solicitud
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Cite as Reglamento Núm. 9281, Art. 3.4.3 dup2
Cuando una solicitud para la adquisición de bienes, obras O servicios de la
Autoridad sea recibida en la Administración y evaluada por la Oficina de Compras de
esta, el Administrador Auxiliar de Adquisiciones y/o el Oficial de Licitación, previa
evaluación de la recomendación de trámite realizada por la Oficina, determinará el
método de licitación, compra excepcional u otro método de adquisición mediante el cual
se tramitará la compra.
El Administrador Auxiliar del Área de Adquisiciones o el Oficial de Licitación
deberán contar con la aprobación del Administrador, en caso de determinar que el
método de licitación para tramitar la solicitud de compra deberá ser Solicitud de
Propuestas, Solicitud de Propuestas Selladas o Requerimiento de Cualificaciones.
CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTOS APLICABLES A MÉTODOS DE LICITACIÓN