Regl. 9281, art. 3.4.3 dup2

- Evaluación preliminar de la solicitud

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Cite as Reglamento Núm. 9281, Art. 3.4.3 dup2

Cuando una solicitud para la adquisición de bienes, obras O servicios de la Autoridad sea recibida en la Administración y evaluada por la Oficina de Compras de esta, el Administrador Auxiliar de Adquisiciones y/o el Oficial de Licitación, previa evaluación de la recomendación de trámite realizada por la Oficina, determinará el método de licitación, compra excepcional u otro método de adquisición mediante el cual se tramitará la compra. El Administrador Auxiliar del Área de Adquisiciones o el Oficial de Licitación deberán contar con la aprobación del Administrador, en caso de determinar que el método de licitación para tramitar la solicitud de compra deberá ser Solicitud de Propuestas, Solicitud de Propuestas Selladas o Requerimiento de Cualificaciones. CAPÍTULO IV PROCEDIMIENTOS APLICABLES A MÉTODOS DE LICITACIÓN
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