Regl. 9281, art. 4.1.3
- Procedimiento
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Cite as Reglamento Núm. 9281, Art. 4.1.3
El procedimiento que deberá llevarse a cabo para cada Compra Informal será el
siguiente:
a. El Delegado Comprador solicitará un mÃnimo de tres (3) cotizaciones a licitadores
debidamente inscritos en el RUL, bajo la categorÃa o renglón correspondiente.
b. El número mÃnimo de cotizaciones a solicitar estará sujeto a que existan
suficientes firmas suplidoras para el bien o servicio que se pretenda adquirir.
C. Al seleccionar los licitadores, el Delegado Comprador podrá tomar como guÃa los
criterios de responsabilidad a base de experiencias anteriores, ubicación,
accesibilidad y capacidad del suplidor o proveedor.
d. El Delegado Comprador ofrecerá mediante el mecanismo establecido y en forma
idéntica a cada suplidor, las especificaciones, los términos y las condiciones, asÃ
como el tiempo que tendrán para presentar sus ofertas, a fin de que puedan ser
consideradas. El término establecido para presentar cotizaciones dependerá de
la necesidad del bien o servicio.
e. El Delegado Comprador le informará a los suplidores o proveedores de bienes o
servicios que deberán remitir, cuando aplique, la Resolución de la Junta de
Inversión en la Industria Puertorriqueña vigente o cualquier documento
acreditativo de preferencia conforme a las leyes preferenciales vigentes, para que
se pueda aplicar el porciento de preferencia otorgado.
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f. Las cotizaciones podrán ser recibidas por teléfono, fax, correo electrónico O
cualquier otro medio de comunicación disponible.
g. El hecho de que no se obtenga el numero mÃnimo de cotizaciones requerido no
será obstáculo para proceder con la compra. No obstante, en todo caso se
documentarán las razones para no obtener el mÃnimo requerido de tres (3)
cotizaciones.
h. No se considerará como "No BID" (no oferta), el hecho de que se haya solicitado
una cotización de un proveedor y este no haya contestado el requerimiento, a
menos que este haya consignado, por escrito, su negativa a participar en la
licitación.
i. Toda cotización deberá ser recibida en o antes de la fecha y hora indicada en la
solicitud de cotización. Se llevará el récord de cotizaciones.
j. Se escogerá la cotización de mejor valor, tomando en cuenta la totalidad de las
circunstancias y los mejores intereses de la Autoridad y del Gobierno de Puerto
Rico.
k. El Delegado Comprador notificará por teléfono al licitador agraciado y le enviará
la Orden de Compra u Orden de Servicio mediante correo electrónico. Además,
notificará por teléfono a los licitadores no agraciados el fundamento para el
rechazo de sus ofertas.
I. Si la cotización de mejor valor que adjudique el Delegado Comprador de la
Autoridad fue realizada vÃa telefónica, se le requerirá al licitador agraciado que
someta la misma por escrito y con su firma.
En toda Compra Informal, la Autoridad procurará la diversidad en la selección de
los proveedores o licitadores, siempre que el renglón o categorÃa asà lo permita, con el
fin primordial de seleccionar distintos licitadores para todas las solicitudes de
cotizaciones y asà poder contar una mayor plantilla de suplidores en todas las categorÃas.