Regl. 9281, art. 4.5.2-3.1

- Compra, definición

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Cite as Reglamento Núm. 9281, Art. 4.5.2-3.1

El término "compra", que podrá ser utilizado indistintamente con el término "adquisición", es la forma de adquisición mediante la cual una parte -el vendedor- se obliga a entregar una cosa determinada y la otra parte -la Autoridad- se obliga a pagar por ella un precio cierto en dinero o signo que le presente. Se optará por adquirir mediante compra cuando exista una necesidad real del bien, obra o servicio. El término "compra" se referirá, además, al monto total de necesidades afines agrupadas, ya sean bienes, obras o servicios no profesionales que deben adquirirse en 14 una misma transacción o momento por tener un mismo propósito, suplidores comunes o que así convenga al interés público.
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