Regl. 3918, art. 11 dup2
Encargado de la Propiedad Excedente
Cite as Reglamento Núm. 3918, Art. 11 dup2
1.
2.
3. Obligaciones
a.
b.
C. Custodia
El Encargado de la Propiedad Excedente del
Gobierno y los Auxiliares serán los custodios de
toda la propiedad del Gobierno que haya sido
transferida al Almacén de Excedente de la
Administración, excepto los medios de
transportación motorizados que serán custodiados
por el Administrador Auxiliar del Area de
Transporte.
1)
2)
3)
4)
d. Clasificación
1) Equipo y mobiliario de oficina
2) Equipo y maquinaria de construcción
3) Materiales, suministros, comestibles y demás
bienes fungibles
4) Equipo y maquinaria altamente especializada
5) Cualquier otra categorÃa que en el futuro el
Administrador establezca.
e.
f.