Regl. 3918, art. 11 dup2

Encargado de la Propiedad Excedente

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Cite as Reglamento Núm. 3918, Art. 11 dup2

1. 2. 3. Obligaciones a. b. C. Custodia El Encargado de la Propiedad Excedente del Gobierno y los Auxiliares serán los custodios de toda la propiedad del Gobierno que haya sido transferida al Almacén de Excedente de la Administración, excepto los medios de transportación motorizados que serán custodiados por el Administrador Auxiliar del Area de Transporte. 1) 2) 3) 4) d. Clasificación 1) Equipo y mobiliario de oficina 2) Equipo y maquinaria de construcción 3) Materiales, suministros, comestibles y demás bienes fungibles 4) Equipo y maquinaria altamente especializada 5) Cualquier otra categoría que en el futuro el Administrador establezca. e. f.
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