Regl. 3918, art. 12

Procedimiento para Dar de Baja Propiedad

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Cite as Reglamento Núm. 3918, Art. 12

en las Agencias Los Encargados de la Propiedad de las agencias serán los que darán de baja la propiedad asignada a sus agencias, excepto cuando se trate de cualquier medio de 3 transportación motorizado, equipo O maquinaria automotriz que será como lo dispuesto en el Artículo 22 de este reglamento.
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