Regl. 9282, art. 1.4
- Jurisdicción y alcance
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Cite as Reglamento Núm. 9282, Art. 1.4
Las disposiciones de este Reglamento aplicarán a todos los procesos
relacionados a el uso, administración y adquisición de los sistemas tecnológicos de la
Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones. Asimismo, aplicará a todo empleado
o funcionario de la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones, a los miembros de
su Junta de Directores y a toda persona natural o jurÃdica que administre 0 utilice los
sistemas tecnológicos del Distrito del Centro de Convenciones, incluyendo a contratistas.