Regl. 9282, art. 3.4

- Sobre correo electrónico (e-mail)

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Cite as Reglamento Núm. 9282, Art. 3.4

a. El sistema de correo electrónico es una herramienta de comunicación y será utilizado exclusivamente para propósitos oficiales de la Autoridad. 16 b. El sistema de correo electrónico no podrá ser utilizado para fines privados que incluyen, pero no se limitan a, asuntos personales, actividades comerciales, asuntos políticos o politico-partidistas; actividades ilegales, ilícitas, no éticas 0 no profesionales; actividades que afecten la imagen y reputación de la Autoridad y sus integrantes, envío de cartas o mensajes en cadena, chistes 0 mensajes de índole sexual 0 de mal gusto. C. Para la conservación del uso del papel y el medioambiente, la comunicación escrita entre oficinas de la Autoridad y/o entidades de gobierno con dirección de correo electrónico oficial, se remitirá, preferiblemente, por medio del correo electrónico con mecanismo con acuse de recibo electrónico, como primera opción. d. Todo correo electrónico llevará el siguiente mensaje al final de cada comunicación, en español e inglés como sigue: "AVISO DE CONFIDENCIALIDAD Esta comunicación y cualquier archivo transmitido con ella puede contener información que es confidencial, privilegiada o privada bajo la ley aplicable. Se utilizará solamente para el uso de la persona o entidad a la cual se dirige. Si usted no es el destinatario intencional, se le notifica por la presente que cualquier uso, diseminación 0 copia de esta comunicación está prohibido estrictamente. Si usted ha recibido esta comunicación por error, por favor notifique de ello al remitente. Gracias por su cooperación. CONFIDENTIALITY NOTE This communication and any files transmitted with it may contain information that is confidential, privileged and/or exempt from disclosure under applicable law. It is intended solely for the use of the individual or entity to which it is addressed. If you are not the intended recipient, you are hereby notified that any use, dissemination or copying of this communication is strictly prohibited. If you have received this communication in error, please notify the sender. Thank you for your cooperation." e. Solo se podrán utilizar las cuentas de correo electrónico provistas por la Autoridad para propósito de comunicaciones/funciones oficiales. f. Para maximizar los recursos del servicio del correo electrónico, el Director de la Oficina de Tecnología e Informática podrá asignar un límite de espacio para almacenar los mensajes electrónicos mediante una cuota mensual de consumo. g. El correo electrónico deberá ser utilizado para facilitar las tareas rutinarias de envío y recibo de información, divulgación de nominas y procedimientos, notificación de reuniones y otros asuntos oficiales relacionados. 17 h. Se prohíbe el envío interno o externo a otras personas de copia de un mensaje de correspondencia electrónica recibido sin el conocimiento o consentimiento del remitente original, a menos que estas deban o les corresponda estar enteradas de tales mensajes (need to know basis) para propósitos estrictamente oficiales y no se adjudiquen la autoría del mensaje de correspondencia electrónica del remitente original. i. Se prohíbe leer, revisar o interceptar cualquier tipo de comunicación electrónica de la Autoridad 0 de cualquier otra persona o entidad, sin el consentimiento expreso del remitente y del destinatario de la comunicación. j. Se prohíbe que los usuarios se suscriban a listas de correo electrónico o que participen en grupos de noticias (newsgroups) que divulguen información O mensajes ajenos a las funciones y deberes de la Autoridad. k. No se podrán crear o enviar archivos mediante correo electrónico que excedan la capacidad de la cuota del usuario en el servidor. 1. Está terminantemente prohibido que cualquier usuario envíe mensajes o documentos a todo el personal a la vez o en cadena mediante el correo electrónico. Se exceptúa de esta prohibición la difusión de mensajes o documentos con autorización expresa del Director Ejecutivo o documentos de uso común que sean difundidos por el Director de Tecnología de Información o el Administrador de la Red. m. Se prohíbe el uso del correo electrónico para uso personal. Se entiende por uso personal, sin que se entienda como una limitación, a peticiones, recolectas, anuncios, propaganda comercial, anuncios de eventos, artículos o propiedad para la venta o alquiler, o cualquier mensaje que resulte en beneficio personal. n. Queda prohibido el uso del correo electrónico para actividades como mensajes en cadena, mensajes raciales, obscenos, pornográficos, sugestivos 0 amenazantes, distribución de mensajes comerciales, la propagación de virus, la presentación de mensajes a nombre de otra persona, real o ficticia, mensajes anónimos y mensajes de libelo o contenido difamatorio, entre otros. La Autoridad no será responsable por la transmisión de este tipo de mensajes. O. Se dispone que los usuarios del sistema de correo electrónico de la Autoridad prestarán atención particular y cuidado al enviar sus mensajes a grandes audiencias y evitarán repetir los mismos "a manera de recordatorio". La practica correcta del envío de mensajes es limitar el envío de estos al grupo de personas más pequeño posible. Únicamente en situaciones extraordinarias, el Director Ejecutivo y los administradores del sistema serán los autorizados para enviar mensajes oficiales a grandes audiencias. 18 p. Los usuarios del sistema se asegurarán de que, al enviar contestaciones a los mensajes, dirijan las mismas a las personas deseadas y no a un grupo de personas, (Reply To All). q. Cada usuario será responsable por la confidencialidad y seguridad de su contraseña 0 (password), la cual será individual y no deberá ser compartida O divulgada en ninguna circunstancia. Si el usuario sospecha que su contraseña ha sido divulgada, capturada o compartida, deberá cambiarla inmediatamente. r. Está prohibido acceder a otra cuenta o computadora de otro usuario con una contraseña ajena, así como acceder a documentos que se encuentren en los archivos del correo electrónico de dicho usuario. Dicha acción constituye, además, una violación al Federal Electronic Communications Privacy Act, según enmendada, 18 U.S.C. Sec. 2510. S. Se prohíbe la interceptación o acceso a correspondencia electrónica de carácter confidencial y la remisión de esta a un tercero sin la autorización del remitente. Se entiende por comunicación confidencial cualquier mensaje de esta naturaleza entre remitente y destinatario, dentro de sus funciones en la Autoridad. Sin embargo, existen circunstancias específicas en este Reglamento, mediante las cuales la Autoridad, a través de los administradores del sistema, podrá acceder a dichos archivos electrónicos para salvaguardar la integridad del sistema de correo electrónico y asegurar el cumplimiento de las leyes y normas aplicables. t. Los administradores del sistema protegerán la confidencialidad de los documentos y comunicaciones enviadas a través del correo electrónico de la Autoridad. Cualquier inspección de dichos archivos, 0 cualquier acción basada en dicha inspección, deberá estar regida por las disposiciones establecidas en este Reglamento. u. El correo electrónico no podrá ser utilizado para violar o incitar a la violación de las leyes y reglamentos estatales o federales, así como de normas 0 políticas de la Autoridad referentes al hostigamiento sexual O a cualquier discrimen prohibido por ley o reglamento.
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