Regl. 9282, art. 3.6 dup2
- Sobre otros recursos
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Cite as Reglamento Núm. 9282, Art. 3.6 dup2
Las normas antes mencionadas sobre el uso y auditorías serán de igual aplicación
para los otros recursos de la red de comunicaciones electrónicas e Internet, tales como
el WWW, FTP, Chat, YouTube, Facebook, Facebook Live, Instagram, entre otros medios
de comunicación digital.
Se permitirá el uso de programas de charlas (chats) y streaming de audio o video,
sujeto a la autorización escrita del Director Ejecutivo y exclusivamente para fines oficiales
de la Autoridad. La autorización del Director Ejecutivo será innecesaria cuando el
desempeño de los deberes del cargo o funciones que el usuario realiza en la Autoridad
conlleva la utilización de tales medios.
CAPÍTULO IV. NORMAS SOBRE TITULARIDAD Y DERECHOS