Regl. 3929, art. 11-4
Derecho a Voz y Voto
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Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 11-4
A. Toda la membresÃa del Concilio y todas las
autoridades por este Reglamento tendran derecho a voz
y voto.
B. El derecho a voto será ejercido solamente por los
delegados certificados de las organizaciones miembros
del Concilio.