Regl. 9288, art. 6 dup2
NECESIDAD DE RECLUTAMIENTO
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Cite as Reglamento Núm. 9288, Art. 6 dup2
Cuando surge la necesidad de cubrir una vacante o solicitar personal adicional,
el director de la división o su representante autorizado, completa el formulario
correspondiente y lo remite a la aprobación de la Contralora o a quien esta
delegue. De aprobarse, se envía a la División de Capital Humano (DCH) para
que se inicie el proceso de reclutamiento.