Regl. 9288, art. 8
CONVOCATORIAS
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Cite as Reglamento Núm. 9288, Art. 8
De autorizarse el reclutamiento, se emite una convocatoria para invitar a
aquellos aspirantes que interesan participar del proceso. Las oportunidades de
empleo se divulgan por los medios de comunicación más adecuados para atraer
a los mejores aspirantes mediante la libre competencia. Esta convocatoria
ofrece información sobre los detalles del puesto que se interesa cubrir, tales
como, el título y la naturaleza del puesto, el sueldo, la fecha límite para
solicitar, los requisitos de admisión, los documentos requeridos e instrucciones
para solicitar, entre otros.
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Una convocatoria se puede cancelar o enmendar luego de ser publicada
mediante un aviso público, otra convocatoria o comunicado de la Contralora a
los aspirantes.