Regl. 9291, art. 12 dup2

Cesión de Derechos

Length: 43 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9291, Art. 12 dup2

Los autores intelectuales así como los talentos que formen parte del elenco de cada producción financiada a través del Fondo Especial, deberán ceder por escrito todos sus derechos a perpetuidad a la Corporación, sin que exista responsabilidad de pago adicional de la Corporación.
Regl. 9291, art. 12 dup2: Cesión de Derechos | Justis AI